En una sesión marcada por fuertes tensiones políticas, la Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley la modificación de la Ley 26.639 de Presupuestos Mínimos para la Protección de los Glaciares y del Ambiente Periglacial. La iniciativa impulsada por el gobierno nacional fue aprobada con 137 votos afirmativos, 111 negativos y 3 abstenciones.

La votación dejó en evidencia una fuerte división entre los legisladores santafesinos. Desde La Libertad Avanza votaron a favor Alejandro Bongiovanni, Romina Diez, Nicolás Mayoraz, Juan Pablo Montenegro, Agustín Pellegrini, Valentina Ravera, Verónica Razzini y Yamile Tomassoni. También acompañaron José Núñez y Gisela Scaglia, del espacio Provincias Unidas.

En contraposición, los diputados de Unión por la Patria Alejandrina Borgatta, Florencia Carignano, Diego Giuliano, Germán Martínez, Agustín Rossi y Caren Tepp votaron en contra, al igual que Pablo Farías y Esteban Paulón, de Provincias Unidas. La única ausencia fue la de Rocío Bonacci, de La Libertad Avanza.

Los puntos principales de la modificación

La reforma introduce cambios centrales en el esquema de protección ambiental. Entre los puntos más discutidos, se establece que serán las provincias las encargadas de evaluar la “función hídrica efectiva” de los glaciares y ambientes periglaciares. Según sus impulsores, esto permitirá compatibilizar la protección ambiental con el desarrollo productivo. Sin embargo, sectores opositores advierten que la medida podría debilitar los controles y habilitar actividades con impacto sobre estos ecosistemas.

Uno de los cambios clave es la redefinición del alcance de la protección, que ahora se limita a aquellos glaciares que cumplan funciones hídricas específicas. Además, el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianigla), que antes tenía un rol central en la identificación de glaciares, pasará a cumplir una función más registral.

La nueva normativa también habilita que cada provincia aplique sus propios criterios para determinar qué áreas proteger, lo que introduce un esquema más descentralizado. En ese marco, las actividades en zonas glaciares y periglaciares estarán sujetas a evaluaciones de impacto ambiental caso por caso, en lugar de regirse por un sistema de prohibiciones generales.

Otro aspecto relevante es que, bajo el principio precautorio, los glaciares actualmente incluidos en el inventario nacional seguirán protegidos hasta que las autoridades determinen si cumplen o no con las funciones hídricas establecidas. En caso contrario, dejarán de estar alcanzados por esta ley específica, aunque seguirán bajo otras normativas ambientales vigentes.