El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial el decreto 765/2024, que introduce modificaciones en la normativa sobre propiedad intelectual y derechos de autor. El objetivo es actualizar las reglas al contexto digital actual y aliviar la carga económica sobre sectores como la hotelería y los servicios de eventos.

El nuevo texto redefine el concepto de “ejecución pública”, considerando como tal toda reproducción musical o audiovisual efectuada en espacios de acceso público y dirigida a una pluralidad de personas, ya sea a través de medios mecánicos, electrónicos o digitales, incluyendo Internet.

Una de las principales novedades es que las reuniones privadas —como celebraciones familiares, eventos empresariales o institucionales— dejarán de pagar aranceles a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (Sadaic).

La disposición también aclara que los hoteles quedan eximidos de abonar tasas por la música reproducida en las habitaciones, al considerarse un ámbito privado de uso temporal o permanente.

Hasta el momento, los organizadores de fiestas o eventos debían pagar un porcentaje sobre los ingresos generados, pero con esta modificación el cobro de esos derechos queda sin efecto en todos los espacios de carácter privado.

El secretario de Turismo, Ambiente y Deportes, Daniel Scioli, celebró la medida: “Cumplimos nuestra promesa. Los hoteles ya no pagarán por la música en las habitaciones. Es un paso hacia un Estado más facilitador, que impulsa la competitividad del sector turístico”.

La resolución, impulsada junto al ministro Federico Sturzenegger, forma parte del plan de desregulación económica promovido por el presidente Javier Milei, que busca modernizar normas históricas y reducir cargas sobre la actividad privada.