A partir de enero de 2026, los jubilados y pensionados comenzarán a cobrar con valores actualizados. La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) formalizó los nuevos haberes que regirán desde el primer mes del año, en sintonía con el esquema de movilidad vigente y la variación de precios registrada por el INDEC.

La medida alcanza a beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), titulares de la Prestación Básica Universal (PBU), de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y a quienes perciben asignaciones familiares. Además, el Gobierno nacional ratificó el pago de un bono extraordinario para reforzar los ingresos previsionales.

Según lo dispuesto en la resolución 380/2025, la jubilación mínima pasará a ser de $349.299,32, mientras que el haber máximo se elevará a $2.350.453,70. En paralelo, se actualizaron las bases imponibles para aportes: el nuevo piso será de $117.643,93 y el tope alcanzará los $3.823.372,95.

ANSES también aclaró que se ajustarán las remuneraciones de quienes finalicen su actividad laboral desde el 31 de diciembre de 2025, así como de aquellos que continúen trabajando bajo el régimen de compatibilidad y soliciten el beneficio a partir de enero.

En cuanto a las prestaciones no contributivas, la PBU se incrementará hasta los $159.788,50 y la PUAM llegará a $279.439,46, ambas con el mismo índice de actualización que rige para el resto del sistema previsional.

A estos montos se sumará el bono extraordinario de $70.000, establecido por el decreto 918/2025. El refuerzo se abonará en su totalidad a quienes cobren hasta la jubilación mínima, mientras que quienes la superen recibirán un importe proporcional. El bono se paga por titular, no tiene descuentos y no se computa para otros conceptos.

Por último, ANSES confirmó un aumento del 2,47 % en las asignaciones familiares y en los topes de ingresos del grupo familiar. El ajuste incluye asignaciones por nacimiento, adopción, matrimonio, prenatal, hijo, hijo con discapacidad y ayuda escolar anual, con montos que varían según la región. No obstante, la normativa aclara que si uno de los integrantes del grupo familiar supera ingresos por $2.573.047, se pierde el derecho a percibirlas, aun cuando el total familiar esté por debajo del tope general.