Condenaron a un hombre por haber lesionado y amenazado a su ex pareja, incumpliendo una orden de prohibición de acercamiento vigente. La resolución fue adoptada el 5 de febrero de 2026 en la sede de la Fiscalía local, donde el juez de Primera Instancia, Eugenio Romanini, homologó el procedimiento abreviado presentado por la Fiscalía y aceptado por la Defensa.

El condenado es Luis Sánchez Ojeda, hallado responsable de los delitos de lesiones leves dolosas, amenazas, daño simple y desobediencia, todos en concurso real. En la audiencia se le impuso una pena de seis meses de prisión efectiva, que fue unificada con una condena anterior, estableciendo una pena única y definitiva de 3 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo.

Según la acusación del fiscal Aquiles Balbis, el hecho ocurrió el 15 de julio de 2025 alrededor de las 13.30, cuando el imputado se presentó en el domicilio de su ex pareja, en la ciudad de Fray Luis Beltrán. Allí pateó el portón de ingreso y le exigió la entrega de una motocicleta, para luego tomarla del cuello, amenazarla y golpearla en el estómago, pese a que la víctima cursaba un embarazo de seis meses.

La investigación también determinó que Sánchez Ojeda se retiró del lugar desobedeciendo la orden judicial que le prohibía acercarse a la mujer y que, al intentar huir, agredió con golpes de puño y patadas a un suboficial de policía que intentaba aprehenderlo, además de provocar daños en un teléfono celular perteneciente al personal policial.